SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2012

Fecha: 23-Abr-2012

René Quispe, abogado de Santiago Valenzuela Arévalo

René Quispe, abogado de Santiago Valenzuela Arévalo, en audiencia argumentó que: 1) El testimonio 359/2011 de 23 de febrero, otorgado a favor del accionante para continuar hasta finalizar la demanda de interdicto de recobrar la posesión y posterior interposición de la presente acción tutelar, es insuficiente puesto que no son mencionados todos los terceros interesados, ni se cumplió con lo establecido por los arts. 809 y 810 del Código Civil (CC) y 62 del Código de Procedimiento Civil (CPC), que al respecto señalan que cuando una persona se presenta a juicio en representación de otra debe acompañar un testimonio poder que señale en qué casos intervendrá, que contenga una individualización necesaria, de ello se tiene que el poder presentado por el accionante es insuficiente, por consiguiente la acción debió ser rechazada in límine,; 2) La excusa del Juez demandado es ilegal por cuanto se baso en una causal no aplicable al caso, que además debió ir en consulta; 3) La parte accionante pudo haber recusado al Juez demandado, en el término de tres días; y, 4) En mérito a los fundamentos expuesto solicitó se deniegue la acción, puesto que la misma no está prevista para subsanar la negligencia de las partes.