SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2012
Fecha: 23-Abr-2012
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
Recibida la acción el 4 de enero de 2012, por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de 6 del citado mes y año declinó competencia en razón de que el lugar donde se dictó la Resolución considerada ilegal es la ciudad de Montero (fs. 743 y vta.), remitiendo por ello la acción al Juez de Partido Mixto de Montero (fs. 745).
Admitida la acción el 16 de enero de 2012, conforme al informe brindado por el Secretario del Juzgado Tercero de Partido y de Sentencia de Montero, Renán Ribera Arancibia, se señaló audiencia para el jueves 2 de febrero de 2012, la cual no se llevó a cabo por los hechos generados por una multitud que amedrentaba la realización de la misma. Por tal razón, y con anuencia de las partes se señaló como nueva fecha para la audiencia el 3 de febrero del señalado año a horas 8:00, pero nuevamente fue interrumpida, puesto que la multitud tomó el acceso al inmueble judicial, dándose enfrentamientos con funcionarios policiales (fs. 756 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Fundamentos de hecho que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- Germán Cardona, abogado del Ministerio de Defensa
- 1)
- accionante Henry Gonzalo García Canelas
- Juez Segundo de Partido y de Sentencia de Montero, Víctor Hugo Rojas Sánchez,
- Sergio Pedraza Domínguez, abogado de Edwin Tupa Tupa
- René Quispe, abogado de Santiago Valenzuela Arévalo
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- 5)
- III.3.
- anuló obrados hasta fs. 41 inclusive
- donde Víctor Hugo Rojas Sánchez, Juez Segundo de Partido y de Sentencia de Montero, en suplencia legal, pronunció el Auto de Vista ahora impugnado
- con el abogado patrocinante de una de las partes
- REVOCAR