SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0405/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0405/2012

Fecha: 22-Jun-2012

III.2. Las faltas leves según el Régimen Disciplinario de la ANAPOL y el derecho de representación

Según el art. 2 del Reglamento del Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Grado de la UNIPOL, la finalidad del merituado Reglamento, es la de mantener la disciplina y buena conducta de la “Damas y Caballeros Cadetes”, como pilar fundamental de la estructura institucional de la Policía Boliviana. El mencionado Reglamento de acuerdo a lo señalado en su art. 3, regula la conducta dentro y fuera de las Unidades Académicas de Grado dependientes de la ANAPOL, las alumnas y alumnos de las Escuelas Básicas Policiales y los becarios nacionales y extranjeros; en él se clasifica y tipifica las faltas, determinándose su procedimiento y señalando las sanciones en las que pueda incurrir el cursante, estableciendo además cuáles son los órganos e instancias resolutorias internas disciplinarias.