SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0405/2012
Fecha: 22-Jun-2012
III.6. Análisis del caso concreto
En el presente caso, la accionante considera que se vulneraron los derechos de su representada al debido proceso, a la defensa, la dignidad, a la educación, a la petición y el principio de “seguridad jurídica”, debido a que se dispuso el retiro definitivo de su hija por haber reprobado en el área afectiva de conducta sin derecho a reincorporación y la RA 62/2011 emitida por el Consejo de la ANAPOL, que ratifica las RRAA 059/11 y 087/2011, dictadas por el Rector y Director Nacional de Instrucción y Enseñanza de la UNIPOL, no se encuentran fundamentadas ni motivadas; y por otra parte, en la cartilla de sanciones no se justificó de manera clara y de acuerdo al Reglamento las sanciones, tampoco se le permitió realizar la representación a su superior por que se la amenazaba.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.10.
- i)
- III.1. El debido proceso y la exigencia de motivación y fundamentación de las resoluciones
- la exigencia de la motivación de las resoluciones
- III.2. Las faltas leves según el Régimen Disciplinario de la ANAPOL y el derecho de representación
- las sanciones aplicadas por faltas disciplinarias no tienen carácter vejatorio, intimidatorio o discriminatorio.
- - Segundo grado (A.2)
- - Tercer grado (A.3)
- III.3. Derecho a la defensa
- III.4.
- III.5. Derecho a la educación
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.6.1. Respecto a la actuación del Consejo de la ANAPOL
- por haber reprobado en el área afectiva de conducta
- 1)
- III.6.2. Respecto a la actuación del Rector y Director Nacional de Instrucción y Enseñanza de la Universidad Policial “Mcal. Antonio José de Sucre”
- 1º REVOCAR