SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2012

Fecha: 09-Jul-2012

II.5.

II.5. El 10 de septiembre de 2009, Carlos Bernal Tupa, Secretario de Cámara de la Sala Social y Administrativa Primera de la entonces Corte Suprema de Justicia, informó a la Presidenta de la Sala Social y Administrativa Primera, que: i) Habiendo revisado el expediente “16/2008” y los registros de dicha Sala se advirtió que el mismo fue sorteado el 31 de julio de ese año, y que tocó al Ministro, Hugo Suárez Calbimonte fungir de relator; ii) El plazo para dictar el correspondiente Auto Supremo vencía el 30 de agosto; iii) El Ministro Relator entregó su proyecto el 21 de agosto de igual año; y, iv) Su “autoridad se ausentó de la Corte Suprema el 20 de agosto del presente año, retornó el 30 del mismo mes y volvió a viajar el 1 de septiembre para retornar el 6 de septiembre, esto es cuando el plazo para dictar el auto supremo ya había vencido” (fs. 109). En base a ese informe la Ministra Beatriz Sandoval, ordenó la remisión del expediente a la Sala Penal Primera a los fines de ley (fs. 109 vta.).