SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2012
Fecha: 09-Jul-2012
III.4.2.
III.4.2. Respecto al segundo supuesto de vulneración, referente a que la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de manera ilegal radicó y sorteó el expediente del recurso de casación interpuesto por “LOTEX S.A.”, es pertinente mencionar que, del mismo modo, conforme al Fundamento Jurídico III.2, se tiene que la distribución de causas se efectúa mediante sorteo, y es lo que ocurrió con el proceso de beneficios sociales seguido por David Alfredo Balcazar Ballón y otros contra la empresa de Juegos de Lotería “LOTEX S.A.”, conforme se desglosa en Conclusiones II.6.; por ello, la Sala Penal Primera de la Corte Suprema -ahora Tribunal Supremo- de Justicia, al radicar la causa y sortearlo entre los Ministros que conforman la Sala, no se ha lesionado derecho alguno de la empresa a la cual representa el accionante.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- dentro del plazo de treinta días, computables desde la fecha en que se sorteare el expediente”
- y en los que no existiere el número de votos suficientes para formar resolución
- Fragmento 21
- III.3. El debido proceso y sus componentes de motivación y congruencia
- III.4.Análisis del caso concreto
- III.4.1.
- III.4.2.
- III.4.3.
- para efectos de decretarse improcedente o procedente el recurso de casación, el tribunal no puede tomar en cuenta los fundamentos, artículos y demás puntos que consten en el memorial de 'mejoramiento del recurso'
- APROBAR