SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2012

Fecha: 23-Jul-2012

II.15.

II.15. Por Auto de Vista 132/2011 de 18 de julio, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del Distrito de Santa Cruz, confirmó el Auto apelado, salvando los derechos del ahora accionante, con los siguientes fundamentos: 1) Conforme lo dispone la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar, el oponente -hoy accionante- no demostró la inscripción de su propiedad para determinar su oponibilidad en el caso de autos; 2) Respecto a la falta de competencia del Juez a quo, debió plantear las excepciones correspondientes, no pudiendo observar este extremo cuando se encuentra en ejecución de sentencia, por lo que tiene calidad de cosa juzgada; y, 3) Los hechos contradictorios señalados en sus memoriales de oposición y de contestación, deberán ser dilucidados dentro de la acción respectiva y no en el proceso ejecutivo.