Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0669/2012
Fecha: 02-Ago-2012
II.5.
II.5. Desarrollada la audiencia de medidas cautelares, el Juez de Instrucción Mixto y cautelar de la localidad de Portachuelo del departamento de Santa Cruz mediante Resolución de 29 de abril de 2009, dispuso cuatro medidas sustitutivas a la detención preventiva; para el coimputado Jimmy Carlos Hurtado Sandoval, la prohibición de salir del país (arraigo), y de comunicarse con los otros posibles copartícipes del delito, fianza real de Bs25 000 y obligación de presentarse ante el Ministerio público periódicamente (fs. 18 a 25 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 22
- III.2. Debida fundamentación y congruencia en las resoluciones
- III.3. Importancia de la fundamentación de los requerimientos y resoluciones del Ministerio Público
- III.4.
- concedido
- APROBAR