SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0669/2012
Fecha: 02-Ago-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, considera vulnerados los derechos, al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, al acceso a la justicia y al “principio de verdad material” de la Alcaldía de Portachuelo, toda vez, que el Fiscal de Materia a cargo de la investigación, el 18 de noviembre de 2009, dictó sin fundamento el requerimiento conclusivo de sobreseimiento a favor de los imputados, omitiendo considerar y valorar elementos e indicios de importancia que demostraban la comisión de los delitos investigados, mismos que fundamentaron inicialmente la imputación formal; Resolución que impugnada por la Alcaldía mencionada, fue ratificada por el ex Fiscal de Distrito de Santa Cruz, mediante Resolución de 18 de diciembre de 2009, cuyo contenido es incongruente; incumpliendo de esta manera, ambas autoridades, el deber de fundamentar debidamente sus decisiones. En consecuencia, corresponde en revisión determinar si los extremos denunciados son evidentes, para otorgar o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 22
- III.2. Debida fundamentación y congruencia en las resoluciones
- III.3. Importancia de la fundamentación de los requerimientos y resoluciones del Ministerio Público
- III.4.
- concedido
- APROBAR