SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2012

Fecha: 13-Ago-2012

Fragmento 4

Juan Walter Rimba Alvis, Juez de Instrucción en lo Civil, Familiar y Comercial en suplencia legal del Juzgado de Instrucción en lo Penal del departamento de Beni ahora demandado, en informe escrito cursante a fs. 173 a 175 vta., señaló lo siguiente: 1) Cumplió con su misión de juez natural del proceso, conforme a la prerrogativa impuesta por el art. 54 inc. 1) del CPP; 2) Los autos interlocutorios motivados de 16 de mayo de 2012, están revestidos con lo que ordenan los arts. 124, 233, 234, 235, 236 y 235 ter. inc. 4) del CPP, modificados por la Ley 007 de 18 de mayo de 2010; por tanto, mal puede decirse que se quebrantó el derecho a la libertad de manera ilegal; 3) Cuando se denunciaron derechos y garantías supuestamente vulnerados, no se acompañó la prueba de descargo conforme exige el art. 314 del CPP, falta de requisito que inviabilizó su petitorio; y, 4) Los imputados no plantearon recurso de apelación contra la Resolución que dispuso su detención preventiva; no obstante que el art. 251 del CPP, es de aplicación también en las provincias, sin que ello desnaturalice la acción.