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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2012

    Fecha: 05-Sep-2012

    II.3.

      II.3.   El 10 de agosto de 2009 el Director de Recursos Naturales y Medio Ambiente de la Prefectura, hacen conocer al representante legal del proyecto centro comercial “NATCLAU” que deben presentar el PPM-PASA, en un plazo de seis meses a partir del día siguiente a la fecha de su notificación acerca de la categoría (fs. 5 a 6.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • 1.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • 1.2.4. Intervención del Ministerio Público
    • concediendo en parte
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12
    • II.14.
    • II.15.
    • II.16.
    • II.18.
    • II.20.
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • .
    • III.2. Respecto a los actos consentidos en la acción tutelar de la acción de amparo constitucional.
    • III.3. Respecto al debido proceso
    • Fragmento 29
    • III.4. Derecho a la propiedad
    • III.5. Respecto a la seguridad jurídica como principio ordenador de la administración de justicia
    • Fragmento 32
    • Fragmento 33
    • III.6. Análisis del caso concreto
    • una sola vez
    • APROBAR

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