Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1055/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.1.
II.1. Mediante memorial de 19 de mayo de 2005, Miguel Asbún Dajbura, en representación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta “Loyola” Ltda., demanda ejecución coactiva contra Verónica Villarroel García y Walker Vargas Arrazola por la suma de $us31 596,81.- mas intereses y costas, en mérito al testimonio de escritura pública de préstamo de dinero con garantía hipotecaria número 94 otorgado ante Notario de Fe Publica el 12 de marzo de 2003, debidamente registrado en DD.RR., partida 4074, del libro segundo de gravámenes de la provincia Chapare del departamento de Cochabamba (fs. 12 a 13).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- 2) Las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así:
- III.2. Análisis del caso concreto
- “conceder”
- III.4.Actuación del Tribunal de garantías
- 1º APROBAR
- 2º Se llama la atención