Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1055/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.7.
II.7. Considerando que el Auto de 5 de diciembre de 2009, vulnera su derecho de propiedad, al ser rematada y adjudicada ilegalmente, por cuanto el Juez no tenía competencia para ello; el 15 del mismo mes y año, los accionantes formularon recurso de apelación contra el citado Auto, a efectos de que el superior en grado revoque dicha Resolución disponiendo se declare su incompetencia sobre el inmueble que fue objeto de remate por encontrarse dentro del área rural, así como anule obrados que dispusieron el embargo y remate de su propiedad (fs. 26 a 28 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- 2) Las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así:
- III.2. Análisis del caso concreto
- “conceder”
- III.4.Actuación del Tribunal de garantías
- 1º APROBAR
- 2º Se llama la atención