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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1055/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1055/2012

    Fecha: 05-Sep-2012

    II.8.

    II.8.      Corrido en traslado los representantes legales de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta “Loyola” Ltda., responden al recurso de apelación, pidiendo al Tribunal ad quem se conceda el mismo y se confirme el Auto apelado (fs. 30). Por Auto de 31 de diciembre de 2009, el Juez concede el recurso de apelación en el efecto devolutivo (fs. 30 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1.Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • i)
    • improcedente”
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.10.
    • II.11.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
    • 2) Las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así:
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • “conceder”
    • III.4.Actuación del Tribunal de garantías
    • 1º  APROBAR
    • 2º     Se llama la atención

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