SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1055/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.6.
II.6. Los accionantes por memorial de 4 de noviembre de 2009, en ejecución de sentencia plantean excepción de incompetencia, por carecer de facultad expresa que emane de la ley para disponer el remate y desapoderamiento de una propiedad que se encuentra ubicada en el área rural agraria protegida por norma constitucional, solicitándole se declare incompetente para disponer cualquier medida precautoria y desapoderamiento de su propiedad, así como declarar nulos los actos que ordenaron el embargo y remate (fs. 22 a 25). Por Auto de 5 de diciembre de 2009, el Juez de la causa, en aplicación del art. 50 del CPC, rechaza la excepción de incompetencia por no ser parte los excepcionistas en la acción coactiva (fs. 25 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- 2) Las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así:
- III.2. Análisis del caso concreto
- “conceder”
- III.4.Actuación del Tribunal de garantías
- 1º APROBAR
- 2º Se llama la atención