SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1196/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1196/2012

Fecha: 06-Sep-2012

a)

Solicita se conceda la tutela y se disponga: a) Su inmediata reincorporación a COTEOR Ltda., al mismo puesto que ocupaba en el momento del despido, más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales actualizados a la fecha de pago, conforme dispone la RM 1086/09; y, b) Responsabilidad civil y costas conforme a lo dispuesto en el art. 79 “inc. 5)” de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP).

En uso de su derecho a dúplica, manifestaron: a) En el memorial de demanda de acción de amparo constitucional, al margen de los derechos denunciados, no se menciona el derecho de petición, razón por la cual, en esta audiencia no se puede alegar derechos nuevos, sino ampliar y teorizar sobre los derechos denunciados; y, b) La retroactividad de la ley en materia laboral, consagrada en el art. 123 de la CPE, se aplica cuando esté establecido expresamente en la norma, y no puede emplearse de hecho como alega la accionante.