SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1196/2012
Fecha: 06-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia como vulnerados sus derechos al trabajo, a la “seguridad jurídica” y a la presunción de inocencia, debido a que el Gerente General de COTEOR Ltda., a través del memorándum DRH 0229/2008 de 19 de agosto, determinó suspenderla de sus funciones sin goce de haberes, prescindiendo de esa manera de sus servicios sin que hubiera incurrido en las causales de despido y notificado que fue el referido empleador con la RM 1086/09 de 29 de diciembre de 2009, confirmatorio de las RRAA 069/2009 de 19 de agosto y 055/2009 de 16 de junio, no cumplió con reincorporarla al puesto que ocupaba a momento de la suspensión. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- iii)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. El principio de inmediatez en la acción de amparo constitucional y el inicio del cómputo de plazo cuando se impugnan resoluciones judiciales o administrativas
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º