Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1196/2012
Fecha: 06-Sep-2012
II.7.
II.7. RM 1086/09 de 29 de diciembre de 2009, emitida por Calixto Chipana Callisaya, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, a través del cual, confirmó la RA 069/2009 y consiguientemente, la RA 055/2009, emitidas por el Jefe Departamental de Trabajo de Oruro, y por otra parte, dispuso a esta repartición departamental, en aplicación del art. 111 inc. a) del DS 27113 de 23 de julio de 2003, imponga multas progresivas al empleador en caso de incumplimiento de la referida Resolución Ministerial (fs. 20 a 21).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- iii)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. El principio de inmediatez en la acción de amparo constitucional y el inicio del cómputo de plazo cuando se impugnan resoluciones judiciales o administrativas
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º