Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1196/2012
Fecha: 06-Sep-2012
II.6.
II.6. RA 069/2009 de 19 de agosto, emitida por Juan Carlos Rodríguez Zapata, Jefe Departamental de Trabajo de Oruro, que resolvió confirmar en todas sus partes la RA 055/2009 de 16 de junio, por no probarse que el despido fue justificado, instruyendo la inmediata reincorporación a su fuente de trabajo de la ex trabajadora Ninoska “Balvina” Machicado Heredia de Rojas, al mismo puesto que ocupaba al momento del despido, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales actualizados a la fecha de pago (fs. 16 a 17).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- iii)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. El principio de inmediatez en la acción de amparo constitucional y el inicio del cómputo de plazo cuando se impugnan resoluciones judiciales o administrativas
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º