SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1399/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1399/2012

Fecha: 19-Sep-2012

ii)

Asimismo, el Tribunal de Garantías, mediante Autos de 4 de agosto de 2010, cursantes de fs. 319 y 323, respectivamente, en respuesta a las solicitudes de complementación manifestaron: i) Con relación a los accionados miembros del Consejo de Vigilancia de la Cooperativa "Cristo Rey Cbba. Ltda.", al no haber tutelado respecto a los mismos por carecer éstos de legitimidad pasiva, dispuso se condene en costas al accionante, en relación a los miembros del Consejo de vigilancia, a solicitud de los mismos; y, ii) De acuerdo a lo requerido por el accionante, dispuso: a) La restitución del mismo al cargo de Consejero (Director) del Consejo de Administración de la Cooperativa "Cristo Rey Cbba. Ltda."; b) Respecto a solicitud de pago de dietas, refieren "estese al accionante a la parte dispositiva de la resolución de 30 de julio de 2010, ya que dar curso a su solicitud, implicaría afectar el fondo de dicha resolución" (sic), por lo que sería la tramitación y resolución de la denuncia planteada la que determinaría las dietas reclamadas; y, c) Abre término de ocho días para acreditar daños y perjuicios reclamados por el accionante.