SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1399/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.1.
II.1. Cursa a fs. 1 y vta., nota de 26 de noviembre de 2009, presentada el 27 del mismo mes y año, sobre denuncia efectuada contra el ahora accionante, como miembro del Consejo de Administración de la Cooperativa de ahorro y crédito "Cristo Rey Cbba. Ltda."; realizada por Nils Antonio Rojas Torres, en su calidad de Socio activo "No. 12-18620" de la misma, dirigida a Luis Camacho, Presidente de la mencionada Cooperativa; donde indicó la existencia de irregularidades en desmedro del prestigio de la Cooperativa; y que conforme a normativa en vigencia, en aplicación a lo establecido por el art. 310.5 del Código de Comercio (CCom), y art. 10.7 de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (LBEF), el Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia debería expulsar como miembro de la cooperativa y como Director al ahora accionante, asimismo procesarlo por los daños y perjuicios que estuviera causando a la Cooperativa, por ser "político senador con jurisdicción nacional" (sic); y que en caso de no expulsarlo, se vería obligado a tomar medidas de hecho junto a otros socios de la cooperativa y convocaría a una asamblea extraordinaria.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- 1)
- i)
- a)
- concedió parcialmente
- ii)
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.7
- II.8
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- II.17.
- III.
- III. 1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al debido proceso invocado como vulnerado
- III.3. Derecho a la defensa
- III.4. Derecho de petición
- III.5. Derecho a la igualdad
- Art. 4 Constitución
- Art. 5 Composición
- Art. 29 Proceso Administrativo
- Art. 31 Derecho a la defensa
- Art. 38 Denuncia
- Art. 44 Apertura del proceso
- por ser afectada en el proceso sumario administrativo disciplinario".
- h)
- III.7. Análisis del caso concreto