Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1482/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.1.
II.1. El testimonio de 9 de noviembre de 2009, contempla el documento de 11 de septiembre del indicado año, suscrito por José Nemesio Mauriel Revollo y Martin Omero Dionisio Rollano Aguirre, sus respectivos reconocimientos de firmas y rúbricas, por cuyo medio, el ahora accionante adquirió en alquiler una tienda comercial situada en la calle Tapacarí 0299, por el canon mensual de $us330.-, cuyo contrato tendría vigencia por dos años (fs. 92 a 93 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- la carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica, es decir, en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto