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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1168/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1168/2013-L

    Fecha: 02-Oct-2013

    3º

    3º  Se llama severamente la atención al Tribunal de garantías y al Oficial de  Diligencias del mismo, por la demora injustificada en la tramitación de la presente acción de amparo constitucional, debiendo remitirse antecedentes a la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura para su correspondiente investigación.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derecho  y principios supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.4.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.13.
    • II.14.
    • II.15.
    • II.16.
    • II.17.
    • II.18.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.1. Derecho al debido proceso
    • Fragmento 24
    • III.2.3. El principio de congruencia
    • III.2.4.   El principio de la seguridad jurídica
    • Fragmento 27
    • III.2.5. La reformatio in peius
    • III.2.6. La cosa juzgada
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 31
    • noviembre de 1998
    • una nueva Resolución
    • III.4.  Actuación del Tribunal de garantías
    • devueltos los antecedentes al Tribunal de garantías fueron recepcionados el 13 de agosto de 2011
    • 2º  DENEGAR
    • 3º

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