Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1168/2013-L
Fecha: 02-Oct-2013
II.8.
II.8. El informe de 27 de diciembre de 2005, efectuado por el Revisor de Rentas al Director Técnico del SENASIR, sobre la revisión de expedientes Sector Metalurgista, indica que el ahora accionante, se encuentra en la lista de interesados que dan su conformidad sobre reintegros (junio-julio-1996, enero y abril-1997), pago PLUS y reintegros por reducción de edad por trabajos insalubres; asimismo, figura en la nómina de las personas a las que no se les aplicó la reducción de edad por trabajos insalubres y tampoco se notificó la Resolución de la Comisión de Reclamación 201 05 (fs. 28 a 32).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.1. Derecho al debido proceso
- Fragmento 24
- III.2.3. El principio de congruencia
- III.2.4. El principio de la seguridad jurídica
- Fragmento 27
- III.2.5. La reformatio in peius
- III.2.6. La cosa juzgada
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 31
- noviembre de 1998
- una nueva Resolución
- III.4. Actuación del Tribunal de garantías
- devueltos los antecedentes al Tribunal de garantías fueron recepcionados el 13 de agosto de 2011
- 2º DENEGAR
- 3º