SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1175/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1175/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante señala la vulneración del derecho al debido proceso, en su vertiente de igualdad procesal y legalidad, así como la garantía de acceso a la justicia y al principio de seguridad jurídica toda vez que, el Juez demandado aceptó el incidente por defecto absoluto y la excepción de falta de acción planteado por el imputado y los declaró procedentes, debiendo anularse obrados incluso hasta la conversión de acción, consiguientemente disponiendo el archivo de obrados; y, que los Vocales codemandados al resolver la apelación incidental interpuesta por el accionante la declararon admisible e improcedente, confirmando la Resolución del Juez referido, sin una fundamentación objetiva ni razonable.