SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1225/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1225/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

II.4.

II.4.  Según Informe Legal “DEPTO. LEGAL INF. LEGAL 60/09” de 27 de abril, se tiene que Roxana López, Asesora del Departamento Legal, elevó éste informe ante el Rector de la UAGRM, vía la accionante, al ser esta última Jefa del Departamento Legal, sobre el caso “Sonia Silvana Aguilera Monasterio y otros” (sic), señalando que en dicho proceso no fue defendido por la referida entidad, pese a adolecer de un sin número de vicios en sus actuaciones, los que puso a consideración de ésta autoridad de forma detallada, sugiriendo la responsabilidad que corresponda a los actores que debieron asumir defensa por la institución y no lo hicieron de forma oportuna o “…por su escasa preparación de la materia laboral…” (sic), señalando en el punto 5 de sus recomendaciones finales, que ya a inicio de marzo de dicha gestión, el Departamento Legal contaba con una nueva Jefa, que tomó o “…debió tomar conocimiento del proceso irregular y por demás atentatorio a los intereses de la Universidad…” (sic) y que no obstante, fue recién en abril que pasó a Roxana López, la instructiva mediante nota de atención, de realizar el seguimiento de la causa cuando esta ya se encontraba ejecutoriada, por lo que, pidió se efectúe una auditoria del mencionado proceso (fs. 20 a 23).