SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1225/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1225/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

“La petición de la acción, refiere a la nulidad de todo el proceso 'hasta el vicio más antiguo que cursa a fojas 1 de obrados' (sic), sin identificar cuál es el acto o actos que considera vulnerante de los derechos invocados, situación que imposibilita incluso determinar desde qué momento procesal debe computarse el plazo de caducidad para interponer la acción e implica la inobservancia de los requisitos de contenido previstos en el art. 97.III, IV y VI de la LTC, que impide la admisión de la acción y consiguiente desarrollo del procedimiento constitucional previsto al efecto”

Por su parte el AC 0285/2011-RCA de 14 de octubre, indico: “La petición de la acción, refiere a la nulidad de todo el proceso 'hasta el vicio más antiguo que cursa a fojas 1 de obrados' (sic), sin identificar cuál es el acto o actos que considera vulnerante de los derechos invocados, situación que imposibilita incluso determinar desde qué momento procesal debe computarse el plazo de caducidad para interponer la acción e implica la inobservancia de los requisitos de contenido previstos en el art. 97.III, IV y VI de la LTC, que impide la admisión de la acción y consiguiente desarrollo del procedimiento constitucional previsto al efecto” (las negrillas nos corresponden).