SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1714/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1714/2013

Fecha: 10-Oct-2013

Fragmento 23

La parte accionante, alega la vulneración de los derechos a la defensa y al debido proceso, así como el principio de seguridad jurídica, toda vez que dentro de la injusta demanda ordinaria que le siguió Carlos Negrette Arze sobre mejor derecho propietario, acción negatoria y entrega de inmueble; el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial, sin tomar en cuenta que nunca tuvo derecho propietario alguno, sobre el inmueble donde se halla instalado el Complejo Turístico “Hotel Safari”, objeto de la litis, sino únicamente sobre el negocio y nombre comercial de dicho complejo, emitió la Sentencia 002/2012 declarando probada la indicada demanda, que no fue corregida por Auto de Vista 10/2013 de 15 de febrero, ni por Auto complementario de 4 de marzo de 2013, pronunciados por los Vocales ahora demandados de la Sala Civil Mixta de Familia Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dando por válidos las actuaciones nulas hechas por el Juez demandado, por cuanto nunca fue citada legalmente, originándole indefensión, ya que se le impidió ejercer sus derechos y acciones. Asimismo alega que los Vocales codemandados de la Sala Penal Segunda del indicado Tribunal Departamental, mediante Resolución 004/2013 de 20 de marzo, vulneraron su derecho a la defensa, toda vez que sin considerar los aspectos denunciados, declararon la improcedencia de la acción de amparo constitucional que interpuso contra el citado Auto de Vista.