Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1714/2013
Fecha: 10-Oct-2013
II.1.
II.1. Cursa memorial de demanda de 25 de julio de 2007, sobre mejor derecho de propiedad, acción negatoria y entrega de inmueble urbano, incoado por Carlos Negrette Arze contra Whang Young Choi Kim, Hwa Young Choi Kim, Dae Sik Lee, Soung Min Choi y Eun Sook Kang de Choi -ahora accionante-, a través de la cual, el primero de los nombrados demandó la entrega del Complejo Turístico Hotel Safari, ubicado sobre la calle final Comercio de Rurrenabaque, provincia Ballivian del departamento de Beni (fs. 2 a 6).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- a)
- Fragmento 7
- i)
- 1)
- Fragmento 10
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- Fragmento 23
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La subsidiariedad en las acciones de amparo constitucional
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- Fragmento 27
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 29
- CONFIRMAR en todo