Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1714/2013
Fecha: 10-Oct-2013
II.10.
II.10. Mediante Auto interlocutorio 010/2013 de 1 de abril, el Tribunal de alzada, concedió el recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por Yascara Cuellar Roca en representación legal de Whang Young Choi Kim, ordenándose su remisión al Tribunal Supremo de Justicia; y ante la solicitud hecha por la parte demandante en virtud de los arts. 256 y 550 del CPC, dicho Tribunal dispuso la ejecución provisional de la Sentencia de primera instancia (fs. 51).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- a)
- Fragmento 7
- i)
- 1)
- Fragmento 10
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- Fragmento 23
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La subsidiariedad en las acciones de amparo constitucional
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- Fragmento 27
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 29
- CONFIRMAR en todo