Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1782/2013
Fecha: 21-Oct-2013
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante estima que se han lesionado sus derechos al trabajo, a dedicarse o ejercer una actividad comercial lícita, al debido proceso y a la defensa, citando al efecto los arts. 46.I.1 y 2 y 47.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH); y, 6 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- 3)
- 5)
- I.2.3. Acto de inspección
- denegó
- ii)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y principios configuradores de la acción de amparo constitucional
- inmediato
- III.2. Sobre las medidas de hecho y requisitos para su procedencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- por lo que interpuso de manera directa
- CONFIRMAR