Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1782/2013
Fecha: 21-Oct-2013
II.10.
II.10. Mediante memorial presentado el 4 de marzo de 2013, ante el Alcalde Municipal de Villazón, la ahora accionante Bernardina García Castellón Vda. de Patiño, argumentando que “desde hace tiempo atrás” reclama se permita el acceso al local comercial, y que sin embargo, se ha colocado un precintado que señala clausurado, por lo que solicitó apertura de local comercial ubicado en la av. República Argentina 178, por no existir un motivo legal; asimismo, impetró audiencia con el Alcalde, el Asesor Legal y el Intendente, a fin de conciliar el conflicto y se autorice provisionalmente el pago de alquileres (fs. 17 y vta.; y, 56 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- 3)
- 5)
- I.2.3. Acto de inspección
- denegó
- ii)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y principios configuradores de la acción de amparo constitucional
- inmediato
- III.2. Sobre las medidas de hecho y requisitos para su procedencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- por lo que interpuso de manera directa
- CONFIRMAR