Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1845/2013
Fecha: 29-Oct-2013
II.5.
II.5. En audiencia de celebración de juicio de 16 de agosto de 2011, el Juez Segundo Primero de Partido y de Sentencia Penal en suplencia legal de su similar Primero, Miguel Velásquez Chumacero, dispuso probado el incidente de impersonería de los querellantes, reponiendo actuados hasta la admisión de la querella debiendo los nombrados acreditar la personería jurídica y su calidad de representantes legales de los terrenos de propiedad colectiva que mencionan en su querella (fs. 29 a 32).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- y
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.2.1.
- II.3.
- II.4.
- II.4.1.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- se evidencia que la Ley ha previsto diferentes posibilidades para determinar la competencia territorial de los Jueces en materia penal, todas ellas válidas en la medida en que el caso concreto se adecue a uno de los supuestos determinados en esa norma; por lo que, serán competentes en razón del territorio, los jueces que cumplan con cualquiera de las alternativas señaladas en el art. 49 del CPP
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR