SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1872/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1872/2013

Fecha: 29-Oct-2013

I.2.2.1. Informe escrito del Administrador de Aduana a.i. de la Gerencia Regional La Paz

Oscar Arancibia Bracamonte, Administrador de Aduana a.i. de la Gerencia Regional de La Paz, presentó informe escrito mediante memorial de 10 de mayo de 2013, cursante de fs. 171 a 173 vta.; en el que señala que el 4 de enero de 2011, Pelagia Martínez de Quisbert, solicitó informe ante la Administración Aduanera “si la importación de cigarrillos de marca JAISALMER FINEST CIGARRETTES (…) que se encontraban en tránsito, cuentan con los requisitos exigidos por Ley para su legal importación” (sic).

En respuesta la Administración Aduanera emitió el Informe técnico AN-GRLGR-LAPLI-221/2011, por el que se concluye que los productos de tabaco presentados por la parte accionante, no muestran la información exigida en el Decreto Supremo (DS) 29376 de 12 de diciembre de 2007 y Resolución Multiministerial 0003 de 14 de mayo de 2009.