Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1973/2013
Fecha: 04-Nov-2013
1° REVOCAR en parte
1° REVOCAR en parte la Resolución 17/2013 de 19 de junio, cursante de fs. 129 a 131, pronunciada por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela respecto al Gerente y Administrador Regional de La Paz con relación al derecho de petición ; y DENEGAR la tutela solicitada respecto a los derechos a la propiedad privada y al trabajo, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y su carácter subsidiario
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”
- III.2.Del derecho de petición
- III.2.Análisis del caso concreto
- dicha respuesta bajo ningún argumento ni justificación puede ser considerada oportuna y dentro de un plazo razonable;
- 1° REVOCAR en parte
- 2° Llamar