SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1973/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1973/2013

Fecha: 04-Nov-2013

denegó

La Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 17/2013 de 19 de junio, cursante de fs. 129 a 131, por la que denegó la tutela impetrada; en base a los siguientes fundamentos: 1) La SC 0310/2004-R de 10 de marzo, estableció las reglas que deben ser observadas cuando se alega la vulneración del derecho a la petición; en ése sentido, el accionante señala que las solicitudes de devolución de su vehículo fueron desoídas; sin embargo, los demandados en audiencia manifestaron que todas las peticiones fueron respondidas negativamente; 2) Respecto al derecho al trabajo, el vehículo se encuentra retenido en la Aduana Nacional de Bolivia, como consecuencia de un proceso de contrabando; por lo tanto, una vez notificada con la respectiva resolución sancionatoria, el accionante podrá interponer los recursos que franquea la Ley; y, 3) Si bien el motorizado es un instrumento de trabajo, para ser utilizado como tal, debe contar con documentación que respalde y avale su libre circulación; consiguientemente, al no existir ésa condición, no puede concederse la tutela solicitada.