SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1986/2013
Fecha: 04-Nov-2013
II.8.
II.8. Por memoriales presentados el 10 y 17 de abril de 2013, Jorge Delgadillo Pacheco, en representación de Jorge Hizelin Velásquez Aroni presentó acción de amparo constitucional contra René Miguel Mostajo Arias, Gerente General la EMAS; Roberto Udaeta España, ex Juez Sumariante de EMAS y Luís Alfredo Revollo Tanaka, Juez Sumariante de EMAS, misma que mereció el pronunciamiento por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional menciona en la SCP 1544/2013 de 10 de septiembre, en la que se determinó: i) Confirmar en parte la Resolución 205/2013 de 26 de abril, cursante de fs. 217 a 218 vta., pronunciada por la Sala Civil y de Familia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, a tal efecto se dispone; ii) La nulidad de obrados hasta el estado de recibirse la declaración informativa del accionante, y no únicamente hasta la Resolución Jerárquica, tomando en cuenta los argumentos expresados en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; iii) La restitución del accionante a su fuente laboral en EMAS, en tanto se sustancie el proceso administrativo interno; iv) Denegar la tutela con relación a los actos denunciados en los incs. a) y b) del presente fallo; y, v) Sin lugar a costas, daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional,
- a)
- i)
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- discapacidad
- siempre y cuando cumplan con la normativa vigente y no existan causales que justifiquen debidamente su despido
- III.2.1. Jurisprudencia
- debido proceso
- derecho al debido proceso, a la defensa
- III.3.1. Jurisprudencia
- III.4. La motivación y fundamentación de las resoluciones en sede administrativa
- III.4.1. Jurisprudencia
- III.5. Derechos al trabajo, a la vida y a la salud
- III.6. Derecho de petición
- III.6.1. Jurisprudencia
- III.7. Posición jurisprudencial del Tribunal Constitucional Plurinacional en relación a la seguridad jurídica
- III.8. Sumarios administrativos emergentes de la función pública
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- III.9.2.Modulación de los efectos de la sentencia
- 1° CONFIRMAR