Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2033/2013
Fecha: 13-Nov-2013
II.11.
II.11. Mediante memorial presentado el 15 de octubre de 2012, Inés Carola Áñez Chávez, solicitó al Presidente y Miembros del Directorio del SINEC, su restitución inmediata al cargo, recibiendo como respuesta la nota de 23 del mes y año indicados, por la cual se le hizo conocer que mientras no exista una Resolución que ponga fin al proceso penal seguido en su contra debidamente ejecutoriada y hasta que no se resuelva el incidente de supuesta nulidad de obrados del proceso sumario administrativo seguido en su contra, no puede ser considerada su solicitud ( fs. 90 a 93).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16
- III.1. Finalidad y alcances de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso y el derecho al juez natural
- III.3. Calidad de servidor público e inamovilidad
- III.4. Naturaleza institucional del SINEC y régimen jurídico de los recursos humanos
- III.5. Principio de prohibición de reforma en perjuicio del recurrente
- III.6. Análisis del caso concreto
- Fragmento 31
- 2° Disponer