Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2033/2013
Fecha: 13-Nov-2013
II.7.
II.7. Según acta notarial suscrita por la Notaria de Fe Pública, Mery Ortiz Romero, el 27 de febrero de 2012, se constituyó dicha funcionaria con la accionante a las instalaciones del SINEC, habiendo encontrado la reja de ingreso a su oficina cerrada, negándole la entrada la guardia de seguridad, con el argumento de que ya no era Gerente General de esa entidad, al estar ocupado ese cargo por otra persona (fs. 63).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16
- III.1. Finalidad y alcances de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso y el derecho al juez natural
- III.3. Calidad de servidor público e inamovilidad
- III.4. Naturaleza institucional del SINEC y régimen jurídico de los recursos humanos
- III.5. Principio de prohibición de reforma en perjuicio del recurrente
- III.6. Análisis del caso concreto
- Fragmento 31
- 2° Disponer