SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2033/2013
Fecha: 13-Nov-2013
II.4.
II.4. A través de Resolución 001/2012 de 22 de febrero, el Directorio del SINEC resolvió suspender temporalmente a Inés Carola Añez Chávez, del Cargo de Gerente General de esa entidad, con goce de haberes, a partir de su notificación y mientras dure la investigación administrativa y/o proceso penal instaurado en su contra. Asimismo se designó interinamente en el cargo a Remberto Gutiérrez Cazón y se dispuso la revocatoria de todos los poderes de administración otorgados a nombre de la autoridad suspendida, disponiendo además que la hoy accionante entregue la oficina, activos y documentación a su remplazante, bajo inventario y con intervención de Notario de Fe Pública. Dicha Resolución fue comunicada a Inés Carola Áñez Chávez en la misma fecha, a través de la nota DIR. SINEC 004/2012 de 22 de febrero, suscrita por el Presidente del Directorio del SINEC (fs. 44 a 46).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16
- III.1. Finalidad y alcances de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso y el derecho al juez natural
- III.3. Calidad de servidor público e inamovilidad
- III.4. Naturaleza institucional del SINEC y régimen jurídico de los recursos humanos
- III.5. Principio de prohibición de reforma en perjuicio del recurrente
- III.6. Análisis del caso concreto
- Fragmento 31
- 2° Disponer