SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2224/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2224/2013

Fecha: 16-Dic-2013

II.5.

II.5.  El Juez demandado ante la nulidad de notificación y el incidente de nulidad de obrados, en 21 de noviembre de 2011, dispuso que el demandado sea citado con medida preparatoria para que a tercero día de citación se apersone al Juzgado a reconocer y/o negar formalmente las firmas y rúbricas estampadas en el contrato de plan de negocios, corrigiendo el Auto de 9 de abril de 2011, en lo referente al art. 390, debiendo quedar como art. 319 inc. 2) del CPC, quedando en lo demás subsistente el Auto, notificando con dicha Resolución al accionante en su domicilio procesal el 7 de diciembre de 2011 (fs. 134 y 136).