SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2013

Fecha: 19-Feb-2013

denegar

Por todo lo expuesto, el Juez de garantías al denegar la tutela impetrada, no obró correctamente; más aún si en la parte dispositiva de su fallo consignó que sin perjuicio de lo dispuesto, se advertía que las autoridades jurisdiccionales que conozcan excepciones e incidentes deben tramitarlos dentro de los plazos previstos en el ordenamiento jurídico. Por lo que, al verificar la retardación de justicia indiscutible en la que se había incurrido en la resolución de la declinatoria de competencia presentada por el accionante, debió tutelar los derechos vulnerados, concediendo la protección solicitada.