SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2013

Fecha: 19-Feb-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega la transgresión de sus derechos a la vida, a la salud y a la celeridad, aduciendo que pese a estar demostrado que padece una enfermedad cardiaca progresiva que no posibilita ninguna mejoría con el tiempo; en el proceso penal al que es sometido por los supuestos delitos de terrorismo y alzamiento armado, se fijaron audiencias en otras ciudades de más altitud que la ciudad de Santa Cruz en la que reside, como Cochabamba y Tarija, lo que provocó un mayor deterioro en su salud. Razón por la que, ante el riesgo inminente que ello implicaba para su vida, presentó el 4 de octubre de 2012, declinatoria de competencia ante el Tribunal Primero de Sentencia, solicitando ser procesado en Santa Cruz; sin embargo, su petición no mereció una respuesta oportuna, sin considerar el derecho de máxima importancia en juego, motivando a que presente diversos memoriales para obtener un pronunciamiento al respecto. Retardación de justicia, que agravó el peligro de muerte al que se halla expuesto al no dar solución a su requerimiento; siendo la acción de libertad el único medio legal y eficaz que tiene a su alcance para obtener tutela de su derecho a la vida, siendo evidente el riesgo que corre de sufrir una descompensación que sin cuidados especiales oportunos tendría un desenlace fatal. En consecuencia, corresponde en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.