Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2013-L
Fecha: 20-Mar-2013
II.2.
II.2. El accionante, el 11 de febrero de 2011, ante el Juez que conoció el proceso de divorcio, interpuso demanda de violencia familiar contra Gabriela Elena Rodríguez Torrejón, cuyo principal argumento radica en el hecho de que tras dejar a su hija AA con su abuela materna, para recogerla el lunes 7 de febrero, a momento de acudir a tal fin, su hija ya no se encontraba en el domicilio de su abuela, sino que habría sido recogida por su ex-esposa, denuncia que fue desestimada por la autoridad judicial por providencia de 12 de febrero de 2011, confirmada por Auto de 22 del mismo mes y año, con el argumento de que el proceso de divorcio estaría concluido (fs. 47 a 55 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- j)
- 1)
- 11)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La protección constitucional de la familia
- III.3. Marco normativo nacional e internacional, que regula y protege el derecho a la educación, la cultura y al esparcimiento de los niños, niñas y adolescentes
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- principio de protección especial,
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.6. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en parte