SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2013-L
Fecha: 20-Mar-2013
j)
Con el derecho a la réplica manifestó: j) El informe psicológico al que hace referencia la parte demandada, que supuestamente se refiere a su carácter, ha sido observado en sus conclusiones; toda vez que, no se le tomó entrevista, acusándolo como el culpable de que la niña no asista a clases, por lo que desconoce el informe de la perito ofrecido por la demandada: k) Evidentemente existe otra carta, por la cual su persona pide el rechazo de la inscripción de la menor, pero existe otra de fecha anterior, en la que se pide dar curso a cualesquier solicitud de inscripción, mientras se resuelvan los problemas familiares; l) Su hija está retenida, la ahora demandada quiere justificar lo injustificable, supuestamente recibe la educación, de profesores particulares, educación ortodoxa que no está permitida por la Constitución Política del Estado, por cuanto la misma es para niños especiales, lo que no ocurre con su hija y las certificaciones que presenta de personas particulares, son informes caseros que no deben ser considerados; y, m) Finalmente refiere que, la acción de amparo constitucional ha sido ampliada, para exigir el cumplimiento de Resoluciones que le conceden la guarda de su hija, así se garantice su asistencia al colegio, puesto que la demandada, ha desconocido y vulnerado decisiones judiciales. Fundamentos por los que reitera su petitorio y solicita se conceda la tutela demandada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- j)
- 1)
- 11)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La protección constitucional de la familia
- III.3. Marco normativo nacional e internacional, que regula y protege el derecho a la educación, la cultura y al esparcimiento de los niños, niñas y adolescentes
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- principio de protección especial,
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.6. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en parte