SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

II.7.

II.7. Por nota de 24 de febrero de 2011, Miriam Espada de Mendoza, en su condición de Directora del Colegio Anglo Americano, refiere que: “…la niña AA es alumna regular del Primer Curso Rojo del nivel Primario del Colegio Anglo Americano, con el siguiente código RUDE 81230185200996 en la presente gestión escolar” (sic); por otro lado, Iblin Tribeño Torrico, profesora de nivel primario mediante nota de 29 de abril de 2011, indica: “…desde el día 7 de marzo del presente año, hasta la fecha, soy tutora particular de la niña AA, asistiéndola en su avance académico en las materias principales de: matemáticas, lenguaje y ciencias naturales, en todo lo que abarca en cuanto al apoyo pedagógico para una alumna de su edad, dadas las circunstancias especiales por las que atraviesa” (sic), en la misma fecha, Fernando Romano y Giovanna de Romano, en su condición de Pastores -no se aclara de que religión-, expresan: “…la hermana Gabriela Elena Rodríguez Torrejón, es parte de nuestra congregación, así como también su pequeña hija AA, quien ha participado de servicios dominicales de reuniones de estudio bíblico, así como también participo en las actividades recreativas y de esparcimiento (…) que periódicamente realizamos junto a las familias que comparten nuestra fe”, finalmente Tatiana del Carmen Aceñas Burgoa, por nota de 30 de abril de 2011, indica: “…desde el mes de abril del presente año, hasta la fecha, doy clases de manualidades (goma eva) a AA, de 6 años, en su domicilio una vez a la semana, resaltando que la niña tiene mucha creatividad artística, por lo que las clases son muy entretenidas para ella” (sic) (fs. 99, 101 a 102 y 104).