SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2013

Fecha: 13-Mar-2013

c)

c)  La cita de ley o leyes violadas o aplicadas falsa y erróneamente y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error; con referencia a este punto, las autoridades demandadas concluyeron que: “del análisis del presente recurso, se evidencia que este no cumple el presupuesto de citar las disposiciones legales infringidas y la consiguiente fundamentación, para que el recurso pueda ser considerado, es así que dada la falencia técnico-procesal en que incurre el demandado en su recurso, impiden que el Tribunal de Casación ingrese al análisis y consideración del mismo, no cumpliendo con los requisitos de procedencia y la exigencia de la carga procesal impuesta por el art. 258 numeral 2 del Código de Procedimiento Civil” (sic); no obstante, del texto del recurso de casación se evidencia que el recurrente ha señalado como vulneradas o aplicadas falsa o erróneamente las siguientes disposiciones normativas: