Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2013
Fecha: 13-Mar-2013
II.2.
II.2. Cursa el oficio 308/12 de 30 de mayo de 2012, por el cual Marco Antonio Rojas Rojas, Jefe del Departamento de Recursos Humanos del Ejército, vía su Comando, comunicó a la Jueza Séptima de Instrucción en lo Civil, que la información solicitada tiene carácter secreto e inviolable conforme dispone el art. 98 de la LOFA, citando literalmente la norma aludida (fs. 126 a 127).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Derecho de acceso a la información pública
- III.2. D
- III.3.Análisis en el caso concreto
- clasificada
- clasificado
- no es suficiente que una autoridad militar califique una información como reservada sino debe acreditar dicha calidad y esa naturaleza mediante una adecuada fundamentación,
- b)
- c)
- 2.
- 3.
- 4.
- 1º REVOCAR
- 2º Exhortar