SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2013
Fecha: 13-Mar-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes estiman lesionados sus derechos a la petición y de acceso a la información pública, en razón a que, efectuada las múltiples peticiones, tanto al Tribunal Superior del Personal de las FF AA y Tribunal Superior del Personal del Ejército, para conocer los documentos del proceso evaluativo, pruebas y parámetros por las que no merecieron el grado inmediato superior, los demandados negaron entregarles la información peticionada, sin considerar que, lo impetrado es de orden administrativo y de carácter público por haberse enviado a instancias de la Cámara de Senadores, alegando la aplicación del art. 98 de la LOFA. En consecuencia, corresponde en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Derecho de acceso a la información pública
- III.2. D
- III.3.Análisis en el caso concreto
- clasificada
- clasificado
- no es suficiente que una autoridad militar califique una información como reservada sino debe acreditar dicha calidad y esa naturaleza mediante una adecuada fundamentación,
- b)
- c)
- 2.
- 3.
- 4.
- 1º REVOCAR
- 2º Exhortar