Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0342/2013
Fecha: 18-Mar-2013
II.10.
II.10. Por memorial presentado el 22 de noviembre de 2011, la demandante del proceso laboral hace conocer al Juez de la causa, que cuenta con el Formulario 110 de Declaración Jurada para la presentación de facturas como dependiente, en la suma de Bs87 000.- (ochenta y siete mil bolivianos) y que aparte de ello, en el mismo Colegio tiene acumulado un crédito fiscal de Bs58 000.- (cincuenta y ocho mil bolivianos), Formulario que refiere, el indicando Colegio se niega a recibirlo, por lo que solicitó que se conmine a recibir el mismo y se proceda a su descargo correspondiente (fs. 37 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y sus elementos
- III.1.1. Fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.1.2.
- III.1.3. Principio de congruencia
- III.1.4. Pertinencia de las resoluciones
- III.2. Las resoluciones judiciales y sus características
- III.3. Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado
- 2)
- III.4.Administradoras de Fondos de Pensiones BBVA Previsión
- III.5.Reincorporación
- III.6.Indexación, actualización y reajuste
- III.7.Convenciones entre partes tienen valor de ley
- III.8.Análisis de caso concreto
- III.8.1. Con relación a las actuaciones del Juez Quinto del Trabajo y Seguridad Social ahora demandado
- III.8.2. Con relación al Tribunal de alzada
- POR TANTO